Ya casi es
parte de la costumbre, ser testigos de hechos de violencia ocurridos en
discotheques. Ello no solo no es nuevo,
sino que por el contrario ha sido preocupante el aumento de delitos violentos
ocurridos o en el interior de este tipo de locales o inmediatamente en sus
proximidades.
La falta
de medidas de seguridad en una discotheque en
Buenos Aires, provocó la muerte de 188 personas y más de 800 heridos a
raíz de un incendio ocurrido en diciembre de 2004. De acuerdo a la investigación, la puerta de emergencia del recinto estaba
cerrada con candado, mientras los jóvenes desesperados intentaban salir del
recinto en medio de la humareda y del fuego. Y hoy lo vemos en Chile con tres víctimas
fatales en un evento de similares características.
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En 7 minutos de audio escuche los principales riesgos, como prevenirlos y los derechos de los clientes, (nuestros hijos).
Una preocupación permanente para los padres y que los hijos también deben tener presente.
Los
locales tipo Púb. y las discotheques, son locales potencialmente peligrosos por ser
instalaciones cerradas, que funcionan en la semi oscuridad o con una
iluminación que distorsiona la visibilidad, con
un elevado nivel de sonido que impide escuchar otro tipo de ruidos, en
algunos casos con uso de efectos
especiales por ejemplo humo, que pueden
confundir a los asistentes.
Por otra
parte, el animo de los clientes generalmente están con sus facultades físicas y
mentales alteradas por lo menos por el consumo de alcohol y en algunas
oportunidades con drogas.
A estas
características típicas de una discotheque se sumas otras circunstancias. Una
de ellas es que con frecuencia, los asistentes están hacinados, es decir que no
cuentan con un mínimo de espacio físico individual que en condiciones normales
les permita desplazarse con comodidad. Si en condiciones normales no pueden
hacerlo fácilmente, menos podrán realizarlo en situaciones de emergencia, como
podría acontecer por ejemplo ante un incendio. La otra característica es que,
generalmente, estos lugares carecen de medidas preventivas y activas de
seguridad.
Son los jóvenes los principales clientes de
estos negocios, muchos de ellos menores
de edad. Por lo tanto los padres de
familia deben asumir su obligación de participar, individual u organizadamente,
en acciones ciudadanas que lleven a establecer seguridad en los lugares donde
se divierten sus hijos y para ello por ejemplo deben conocer que el articulo 29º de la Ley de Alcoholes,
prohíbe el ingreso de menores de 18 años a los cabarés, cantinas bares y
tabernas y el ingreso de menores de
16 años a discotecas. El expendio, suministro e incluso obsequio de bebidas
alcohólicas en este tipo de locales a menores de 18 años, también se encuentra
sancionado por la Ley en su articulo 42. Por otra parte, son los
administradores o dueños de esos establecimientos o quienes los atiendan, los
que están obligados a exigir la cédula de identidad donde se puede comprobar en
forma efectiva la edad de los jóvenes.
GUARDIAS DE SEGURIDAD EN DISCOTHEQUES:
Ya casi es
habitual informarnos respecto de algunos
abusos y desaciertos cometidos por el personal de seguridad de este tipo de
local, quienes no tienen la debida preparación para este tipo de actividad.
Cuando se
desarrolla un trabajo de estas características, la función del encargado de la
seguridad es en primer lugar tener una dotación de personas dispuestas a
soportar ciertas conductas por parte de los clientes, ya que no se debe entrar
en el juego del provocador y no se debe originar una pelea ni dentro ni fuera
del establecimiento con los propios Guardias.
La
selección de los Guardias debe estar orientada a personas que sabiendo de sus cualidades para la
defensa personal, deben regular su capacidad de respuesta sin lastimar a su
oponente, ya que se debe evitar a toda costa los abusos por parte del personal
de seguridad, que dicho sea de paso, constituyen figuras ilícitas.
Idealmente
estos Guardias, deben estar claramente identificados con uniforme o tenida que los identifique en su función de
seguridad y obligadamente acreditados ante la autoridad fiscalizadora que en
Chile es O. S. 10 de Carabineros. La
función del personal de seguridad de estos establecimientos debe estar
orientada a la prevención ( Ej. evitar ingreso de menores ) y a la toma de
decisiones bajo presión. Esta ultima,
debe ser racional y no con la mente sesgada por la irracionalidad de la
fuerza bruta, lo que los llevara instintivamente a golpear siempre y a
descargar su ira sobre el cliente, que como señalamos, su estado físico y
psicológico es altamente probable no sea el normal y cotidiano. Deberán por lo
tanto, tener un actuar extremadamente profesional, ser corteses pero firmes y
solo como última opción la respuesta física para controlar al cliente en
espera de la presencia de Carabineros. Su objetivo principal es evitar que se
produzcan desbordes de cualquier tipo dentro del local, especialmente aquellos
provocados por clientes ebrios, que incluso no debieran legalmente estar en
condiciones que se les siguiera expendiendo licor conforme a lo que señala el
articulo 41 de la Ley de Alcoholes. Actuar en equipos de Seguridad de dos
personas es fundamental ya que será mas fácil y mas rápido el transporte del
ebrio o provocador hacia la salida. El personal de seguridad debe estar
equipado con un sistema de intercomunicadores ya que en todo momento deben
recibir ordenes y sugerencias del Supervisor del servicio. A los
Guardias de seguridad, no les esta permitidos el porte o tenencia de armas.
El cliente
que concurre a este tipo de local a disfrutar y divertirse deberá ver en el
personal de seguridad a un apoyo que le solucionara sus problemas y le evacuara
sus consultas y protegerá sus bienes, sabiendo que si es molestado por
provocadores o por ebrios
tendrá a su servicio a una persona profesional que buscara la mejor solución al
problema.
SEGURIDAD FISICA
Las
discotheques, como cualquier
edificio deben cumplir con ciertas normas de
seguridad, como alturas mínimas, barandas, escaleras, pasillos, puertas de
escape y señalización. Las discotheques
congregan gran cantidad de público. Una buena señalización de las salidas es
indispensable para una adecuada evacuación.
Pocas son
las personas que se preocupan de buscar dónde está la salida de emergencia
cuando asisten a una discotheque. No se trata de vivir obsesionados por las emergencias,
pero dado que estos recintos congregan a gran cantidad de público, es útil
saber en forma previa que existen vías
de evacuación seguras ante emergencias de cualquier naturaleza. Lo que debe
fijarse cualquier asistente a un recinto que reúna gran cantidad de público es
que las vías de evacuación y o accesos
sean fácilmente reconocibles y directos hacia un espacio libre; que las puertas
de salida sean fácilmente identificables y que abran desde el interior vale decir en el sentido mismo de la evacuación y
que no sean giratorias. Su señalización debe ser adecuada
con flechas y letreros luminosos indicando el sentido de evacuación. Los
pasillos por su parte, deben estar siempre
libres de objetos o muebles.
Las condiciones de seguridad que se aplican
a los edificios, incluyendo la disposición de las salidas de emergencia, están
contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Allí también
aparecen las normas específicas de salidas de emergencia para locales públicos
como teatros, cines y centros comerciales, con carga de público superior a 100
personas, como habitualmente ocurre con las discotheques. Estas reglas se
aplican para cada caso en particular, pues es distinto una discotheque para mil
personas que un Púb. para 50.
¡ Recuerde entonces que mas vale
prevenir con el cumplimiento de las normas que la sociedad nos impone, a tener
que lamentar hechos que con el compromiso de todos podemos evitar. ¡
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